Sobreseyeron por prescripción al condenado por el femicidio de Eva Falcón en Río Grande
El Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego declaró extinguida la acción penal contra Ramón Ángel Abregú, que había sido condenado a 20 años por matar a su expareja embarazada. Estuvo prófugo 22 años y recuperó la libertad por mayoría, con un voto en disidencia.

A las 14.15, en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego, los jueces declararon extinguida la acción penal y ordenaron el sobreseimiento de Ramón Ángel Abregú, condenado en el año 2000 a 20 años de prisión por el homicidio de Eva Azulina Falcón, quien estaba embarazada al momento del ataque.
El femicidio ocurrió el 23 de enero de 2000 dentro de un consultorio de la clínica Cemep, en la ciudad de Río Grande, sobre el kilómetro 26 de la ruta 9. Abregú fue detenido de forma inmediata tras el ataque. El 15 de febrero de 2001 se fugó de la unidad penitenciaria en la que se encontraba alojado y permaneció prófugo durante 22 años, hasta que en 2023 se presentó ante la Justicia para solicitar la prescripción de la causa.
El camino judicial hasta el sobreseimiento
El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande había rechazado en primera instancia el pedido de prescripción. Los jueces Eduardo López y Juan José Varela coincidieron con el fiscal mayor Martín Bramatti en que la evasión constituía un nuevo delito, cuya continuidad impedía el avance del plazo de prescripción sobre el femicidio, detalló la investigación.
Según fuentes policiales, la causa por la fuga de 2001 terminó con un sobreseimiento. Esa resolución fue el antecedente central que la mayoría del Tribunal Superior tomó en cuenta para modificar el criterio de primera instancia.
Los argumentos de la mayoría y la disidencia
- María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez consideraron que el sobreseimiento por evasión eliminó el delito que podía interrumpir el cómputo de la prescripción de la acción penal.
- La mayoría también tomó como referencia el precedente Ilarraz de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, referido al vínculo entre la prescripción y las garantías constitucionales.
- Ernesto Löffler votó en disidencia y sostuvo que admitir la prescripción resultaba incompatible con las obligaciones de protección y sanción de la violencia contra las mujeres previstas en convenciones internacionales.
La resolución quedó firme en la jornada de ayer, según confirmaron fuentes de la Unidad Regional Norte. La Fiscalía no había sido notificada hasta el cierre de esta edición. La causa se encuentra cerrada por prescripción y no se prevén nuevas instancias de revisión.
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