El personal de casas particulares encara la última parte del año con subas escalonadas y suma que se va absorbiendo al básico
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares fijó aumentos mensuales de entre 1,6% y 1,9% entre agosto y diciembre, y desde octubre incorporó al sueldo la mitad de la suma no remunerativa que se había pagado en el pico del ajuste.

Las empleadas y los empleados de casas particulares empezaron a cobrar desde el 1° de octubre con los nuevos pisos salariales acordados por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que en su Resolución 6/2026 diseñó una grilla de incrementos mensuales que se aplican de manera escalonada entre agosto y diciembre de este año, con el objetivo, según se desprende del texto, de ir recomponiendo los haberes sin concentrar todo el ajuste en un solo mes y, al mismo tiempo, avanzar con la absorción progresiva de la suma no remunerativa que se había pagado separada entre junio y septiembre.
El esquema, tal como quedó publicado, contempla un 1,9% en agosto, un 1,8% en septiembre, un 1,7% en octubre y un 1,6% tanto en noviembre como en diciembre, por lo que el tramo final del año cierra con porcentajes levemente más bajos pero sostenidos, una mecánica que se repite cada vez que las partes prefieren repartir el esfuerzo financiero que demanda la actualización de los mínimos en lugar de aplicar un único porcentaje alto que pegue de lleno en el bolsillo de los empleadores y que reduzca, en consecuencia, la cantidad de horas efectivamente registradas.
Qué cambia desde octubre
A partir de este mes, además del porcentaje de actualización, la normativa incorporó al salario básico el 50% de la suma no remunerativa que se venía abonando por separado desde agosto, un movimiento que los técnicos en derecho laboral suelen describir como una absorción parcial y que tiene un efecto práctico muy concreto para el personal doméstico: la base sobre la que se calculan los aportes, las vacaciones, el aguinaldo y la antigüedad deja de estar subdimensionada y empieza a registrar, aunque sea de manera progresiva, el refuerzo extra que el sector había recibido en los meses anteriores.
Esa suma no remunerativa original, según la letra del acuerdo, va desde los $8.000 hasta los $20.000 dependiendo de la cantidad de horas semanales trabajadas, un rango que muestra, otra vez, la lógica segmentada del régimen especial de trabajo en casas particulares, donde los mínimos cambian según la categoría, la modalidad con retiro o sin retiro y la jornada efectivamente cumplida, y donde cualquier porcentaje de aumento se aplica sobre una estructura ya de por sí dispar entre las categorías con y sin retiro, entre el personal dedicado a tareas generales y el especializado en tareas específicas, y entre quienes trabajan con cama adentro, con retiro diario o por horas.
- Aumentos mensuales: 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre.
- Absorción parcial: desde octubre se incorpora al básico el 50% de la suma no remunerativa pagada en agosto.
- Horas extra: recargo del 50% en días comunes; del 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados.
- Adicional por zona: 31% para trabajadoras con domicilio laboral en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y Partido de Patagones.
- Antigüedad: 1% del salario básico por cada año trabajado con el mismo empleador.
El acuerdo también mantiene los dos adicionales históricos del régimen especial: por un lado, el plus geográfico del 31% para las relaciones laborales cuyo domicilio de trabajo esté en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, en el sur bonaerense, una compensación que reconoce los costos logísticos y de desplazamiento que pesan sobre el empleo doméstico en las zonas más australes del país; por el otro, el adicional por antigüedad del 1% del salario básico por cada año cumplido con el mismo empleador, que se calcula únicamente sobre los años de esa relación laboral concreta y que, en la práctica, suele ser uno de los derechos más desconocidos por las propias trabajadoras, ya que se pierde cuando se cambia de empleador y vuelve a recomenzar desde cero con uno nuevo, incluso cuando se llevan décadas de experiencia en el rubro.
Como ocurre cada vez que se publican los nuevos pisos del régimen, el punto sensible pasa por la liquidación real: ¿los recibos de octubre ya están saliendo con los nuevos valores y con la mitad de la suma absorbida en el básico? Esa es la pregunta que recurrentemente queda en manos del empleado o la empleada, porque la norma fija el piso y los porcentajes, pero el cumplimiento termina dependiendo de cada empleador y de cada administración del hogar, y ahí, como tantas veces se ha visto en este sector, la diferencia entre la letra escrita y la liquidación concreta se vuelve la verdadera discusión del mes.
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