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Lunes, 19 de octubre de 2026
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Diario Quebrada

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Asignaciones familiares rurales: el piso equivalente a la AUH se prorroga por doce meses y alcanza a unos 380.000 trabajadores de temporada

El Decreto 1204/2026, publicado en el Boletín Oficial, garantiza que los empleados agrarios temporarios y permanentes discontinuos cobren asignaciones iguales a la Asignación Universal por Hijo. La medida, vigente desde el 1° de septiembre, no altera escalas salariales ni aportes patronales y abre la puerta a compatibilizar planes sociales con empleo registrado.

ET
Elías TolabaEconomía y comercio · · 4 min de lectura
Asignaciones familiares rurales: el piso equivalente a la AUH se prorroga por doce meses y alcanza a unos 380.000 trabajadores de temporada

La Resolución 1204/2026 del Boletín Oficial de la República Argentina, con vigencia desde el 1° de septiembre del corriente año, extiende por doce meses la garantía de que los trabajadores rurales bajo modalidades temporarias o estacionales perciban asignaciones familiares al mismo nivel que la Asignación Universal por Hijo (AUH), según informó oficialmente la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). De acuerdo con datos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), relevados al segundo trimestre del corriente, unos 380.000 empleados agrarios se desempeñan bajo estas modalidades de contratación discontinua, concentrados en las cosechas de uva, citrus, manzana, pera, yerba mate, té, tabaco, algodón, olivícola y arandanera, entre otras economías regionales.

Quiénes quedan comprendidos por el régimen

El esquema original, establecido en 2021 mediante el Decreto 700/2021, se orienta a incentivar el empleo registrado en actividades donde la demanda de mano de obra se concentra en períodos cortos del calendario agrícola, un esquema que en la práctica se replica en las economías regionales del Noroeste, Cuyo y el Alto Valle de Río Negro y Neuquén. En la presente campaña 2025/2026, que se inicia con las primeras cosechas de citrus en Tucumán y Entre Ríos, la cobertura alcanza al personal temporario y a los permanentes discontinuos encuadrados en el Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727), así como a quienes se vinculan bajo contrato de temporada en actividades agropecuarias conforme a la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744). Quedan fuera del beneficio el personal rural permanente con relación laboral continua durante todo el año, cuya protección se rige por las escalas salariales convencionales y por el sistema general de asignaciones familiares.

Si se compara con la campaña anterior, la prórroga no introduce modificaciones en los montos efectivamente percibidos ni en los topes de ingresos del grupo familiar, variables que, conforme a los parámetros habituales de actualización dispuestos por la Ley 24.714, se ajustan mediante el coeficiente fijado por la movilidad jubilatoria; en la feria se paga, en consecuencia, el mismo valor nominal que rija para la AUH en cada período. En esta campaña, los trabajadores temporarios del citrus misionero y del arándano entrerriano perciben en promedio seis meses de asignaciones durante el ciclo productivo, lo que reporta un ingreso familiar complementario estimado en torno a las 174.000 pesos mensuales por hijo a cargo, tomando como referencia la escala vigente de la AUH.

Compatibilidad con planes sociales y pedidos del sector

Un aspecto particularmente sensible para el universo comprendido es la cláusula de compatibilidad entre el empleo registrado y la percepción de programas sociales. La normativa prorrogada dispone la posibilidad de que los titulares de ciertos planes accedan a un trabajo formal sin perder automáticamente el beneficio social, aunque las condiciones de mantenimiento dependen de las normas propias de cada programa, lo que en la práctica suele requerir la presentación de declaraciones juradas ante el organismo ejecutor. En el Nordeste y el Noroeste argentino, donde el solapamiento entre cosechas de yerba, té y citrus con programas de transferencia condicionada ha sido históricamente elevado, esta cláusula funciona como un reaseguro frente a la pérdida de ingresos en los meses de menor actividad.

Desde el sector gremial, las entidades representativas de los trabajadores agrarios —entre ellas la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE), la Federación de Trabajadores del Citrus, del Arándano y Frutas Similares y la Asociación de Trabajadores Rurales de Cuyo— venían reclamando la continuidad del régimen antes del vencimiento del plazo anterior, previsto para fines de agosto, en base a las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), que muestran una tasa de informalidad del 32,4% en el empleo agropecuario a nivel nacional. En paralelo, Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) también habían expresado su respaldo a la prórroga, en la medida en que el esquema promueve la registración y, con ella, el aporte de contribuciones patronales al sistema previsional.

Para la próxima temporada, la atención deberá centrarse en tres ejes: la evolución del Índice de Movilidad Jubilatoria, dado que cualquier aceleración o desaceleración de la fórmula impacta directamente en el valor nominal de las asignaciones; el comportamiento del empleo temporario registrado en las cosechas gruesas, donde la soja y el maíz definen la estacionalidad en la región pampeana; y la implementación efectiva de los programas de compatibilización, un aspecto donde la ANSES y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberán coordinar los criterios de excepción aplicables a los titulares de la Prestación Alimentar y del Potenciar Trabajo que se incorporen a tareas estacionales. La firma de la presente prórroga, en definitiva, consolida un instrumento de política laboral vigente desde 2021, sin alterar escalas ni aportes patronales, y cuya eficacia se medirá en términos de reducción de la informalidad en el cierre del segundo semestre del corriente año.

ET
Elías TolabaEconomía y comercio

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